Resumen: La Audiencia condena al acusado como autor de un delito de apropiación indebida absolviéndole del delito de administración desleal. Extracciones de dinero de las cuentas de la sociedad familiar aprovechando su condición de administrador haciendo suyos los importes retirados. La admisibilidad de prueba documental al inicio del juicio oral. La aplicación de la excusa absolutoria del art. 268 CP: su inaplicación al no estar acreditada la convivencia ni la relación de pareja al tiempo de los hechos. La doctrina del levantamiento del velo: la estructura societaria familiar no puede utilizarse en beneficio del reo para cometer un delito patrimonial contra sujeto incluido en el art. 268 CP. La falta de legitimación activa de la acusación particular. Las formas del derecho de sociedades no pueden operar para encubrir una realidad económica de relevancia penal. La valoración de la prueba testifical y pericial. La diferencia entre los delitos de administración desleal y apropiación indebida: sus respectivos elementos. En el caso enjuiciado se considera que el acusado transformó la previa posesión lícita en otra ilícita y a título de dueño, dándole en su virtud un destino definitivo distinto del acordado, impuesto o autorizado, mediante la incorporación a su patrimonio, lo que se considera apropiación. La agravación por especial cuantía y la continuidad delictiva. La especial gravedad atendiendo a la entidad del perjuicio y el abuso de relaciones personales.